Para la DGT los cambios en la movilidad por la transición energética y los avances tecnológicos, supone el principal motivo de adecuación de las normas de circulación, lo que lleva a modificar las multas, aportando nuevas y derogando otras.
Hoy repasaremos aquellas multas que con la reforma de la ley de trafico han desaparecido o modificado y que siempre deberás tener en cuenta.
4La necesidad de identificarse
Para la DGT es fundamental poder identificar tanto al infractor como el vehículo implicado en los hechos. De no hacerlo, el proceso sancionador resulta inútil y la seguridad, tanto vial como jurídica, se vería totalmente comprometida, por no mencionar el caos administrativo que este hecho supondría.
Pensar que podemos circular sin documentación es hacer un flaco favor a las normas del comportamiento ético/social. Así, de igual forma que nuestro DNI es obligatorio llevarlo encima siempre para poder identificarnos, ante un requerimiento de la autoridad y en las circunstancias que ellos necesiten, el coche y el conductor, por ley están obligados a poder ser acreditados en tres puntos esenciales; el carnet de conducir, el permiso de circulación y la aprobación técnica del mismo.