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domingo, 15 diciembre 2024

La DGT incumple una normativa europea. Llegará un aluvión de reclamaciones para anular multas y recuperar puntos

Aunque no haya salido en los informativos nacionales ni haya copado grandes portadas, sí ha sido noticia que el juzgado ha anulado totalmente una multa de 300 euros y la detracción de dos puntos impuesta por la DGT a una conductora que supuestamente excedió en 31 kilómetros/hora el límite de velocidad… ¿Por qué sucedió esto?

El motivo de que la justicia le haya dado la razón a la conductora es que la Dirección General de Tráfico (DGT) no aplicó sobre la velocidad captada por el radar el margen de error legalmente establecido. Ahí es donde todo se empezó a complicar y la reclamación adquirió más sentido.

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La sentencia es firme… y los puntos vuelven a su casillero

dgt

«Esta sentencia sienta un esencial precedente judicial respecto a la obligada aplicación de los márgenes de error en la medición de la velocidad por parte de los radares de la DGT. No sólo en base a la legislación nacional de Seguridad Vial y de Metrología, sino a la luz de la legislación europea, que también se debe respetar» señala Mario Arnaldo.

Y es que no todo vale… y ha quedado más que demostrado. La Ley de Seguridad de Vial española recoge absolutamente el contenido obligatorio de las denuncias que la DGT debe enviar a los conductores de la Unión Europea que cometan algún exceso de velocidad en España, como consta en el anexo número 7.