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martes, 26 noviembre 2024

Por falta de uno, la DGT dice que tendrás que tener dos seguros en estos vehículos

Como eres un conductor aplicado, ya sabrás que todos los vehículos que se pongan en circulación en España, requieren de la contratación obligatoria de un seguro con el cubrir las contingencias que los posibles accidentes puedan ocasionar, protegiéndote en cuanto a la responsabilidad civil se refiere, es decir tienes una cobertura para garantizar los pagos por reclamaciones ante los daños que a terceros puedas ocasionar como conductor o dueño del coche.

Dependiendo de que vehículo se trate, así como de la potencia, el uso o circunstancias, el tipo de seguro es de una forma u otra. Y también, según los bienes que deseas proteger, existe la posibilidad de ampliar estas coberturas de manera voluntaria.

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Un vehículo remolcado de 750 Kgs

Así que cabe la pregunta de si tan solo te sirve un seguro o necesitas dos; uno para el coche y otro para el remolque o la caravana. Pues todo depende de las dimensiones y el peso.

Un remolque o caravana es un vehículo sin motor que necesita ser remolcado por otro con motor. Habitualmente las caravanas se dividen entre las que pesan menos de 750 kg y las que sobrepasan este peso.

En este caso, es posible viajar con una caravana enganchada a tu vehículo con el permiso de conducir B (para turismos), siempre y cuando la caravana tenga una masa máxima autorizada (MMA) de menos de 750 kg y el total de vehículo y caravana no exceda o sea igual a 4.250 kg. Además, no es necesario matricular la caravana, ni que contrates un seguro específico, tal y como establece el Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la circulación de vehículos a motor.