La DGT siempre ha estado en contra de la utilización de móviles y ‘smartphones’ al volante, y como principal motivo está, que las distracciones se han convertido en la principal causa de accidente mortal en las carreteras españolas.
La información sobre la posición y ubicación de los radares fijos es publica, y la propia DGT la difunde en sus web y redes sociales. Otra cosa distinta son los controles aleatorios y de campañas de vigilancia, que si se ven expuestos y a merced de las redes sociales de los conductores.
Las aplicaciones que los usuarios usan para captar y compartir esta información, avisando así de la posición de los radares tiene su lógica legal, pero no deja de impedir una labor policial siempre necesaria.
4¿Quiere la DGT prohibir las aplicaciones que avisan de los radares?
Por querer, igual quiere, pero realmente tan solo puede hacer lo que en estos momentos hace, instar a los departamentos jurídicos para que elaboraren informes y acrediten, que realmente han de ser prohibidas. Cosa por otra parte que, de antemano, parece inconstitucional.
Así que bien parece, que la DGT ha de vivir con el hecho de que los usuarios podamos compartir una información, que ella misma se ve obligada a difundir.
Lo que la reforma de la ley de trafico deja de momento bien sentado es que, no podemos usar lo móviles ni dispositivos que provoquen distracción alguna mientras conducimos, ni tan siquiera portarlos en la mano aun pagados, o manosearlos directamente anclados en el parabrisas.
Si podemos llevar el móvil instalado en un soporte homologado y si podemos usar la apps instaladas en él, que nos informan de las posiciones de control de la velocidad.
No podemos usar detectores ni inhibidores, ya que alteran como henos adelantado, el funcionamiento de los sistemas de control, y se considera una infracción muy grave. La multa va desde los 500 euros hasta los 6.000 y la detracción de puntos correspondientes.