No se cansa la DGT de recordarnos las buenas maneras del conductor. Esta entre sus funciones al velar por la seguridad y la prevención frente a los conductores mas inexpertos y mas olvidadizos.
6Antiniebla traseras, las únicas obligatorias
Las luces antiniebla obligatorias serán aquellas que todos los coches deberán llevar incluidas de fábrica para garantizar la visión en condiciones adversas de lluvia intensa o niebla densa. Estas harán que el resto de usuarios de la vía puedan ver el vehículo que circula por ellas.
Por lo tanto, solo será obligatorio que tu coche incluya luces antiniebla en la parte posterior para que los vehículos que circulan detrás de ti puedan verte con facilidad y evitar una colisión por falta de visibilidad.
Por otro lado, muchos coches cuentan con antiniebla delantero, lo que hace que se mejore mucho la visibilidad del conductor en casos de niebla densa o lluvia abundante, pero estos no son obligatorios.
Así pues, estas luces antiniebla traseras tan solo podrán utilizarse cuando conduzcas en inverno o en condiciones meteorológicas muy desfavorables y la visibilidad se haya visto muy reducida. Estas situaciones son:
- Cuando existe niebla espesa
- Cuando la lluvia es muy intensa
- Cuando existen nubes densas de humo o polvo
- Cuando está nevando de forma copiosa
En el caso de que las autoridades lo detecten, se podría poner una sanción por usar mal las antiniebla. Está penado con multa de 200 euros sin que haya retirada de puntos del carnet de conducir.