La Dirección General de Tráfico, DGT, ha anunciado la puesta en marcha de varias medidas que harán más fácil la vuelta a la normalidad a los conductores afectados por la DANA que ha asolado diferentes municipios de la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Illes Balears y Aragón. En concreto, las medidas de la DGT afectan a las bajas del vehículo y también al duplicado del permiso de conducir, ya que son muchas las personas que han perdido toda su documentación durante las inundaciones.
La DGT anotará de oficio la baja temporal temporal a todos los vehículos de los que tenga conocimiento que hayan sido dañados por la DANA, con el objetivo de que el titular del coche afectado y fuera de la circulación no tenga que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025, ya que cuando el vehículo se encuentra en esta situación administrativa no se genera este impuesto.
Para dar de baja temporal un vehículo, la DGT tendrá en cuenta la información recibida a través del Consorcio de Compensación de Seguros y de las autoridades correspondientes de la Comunidad Valenciana y lo hará de forma gratuita.
La DGT solo pide una declaración responsable
En el caso de tener un vehículo afectado por la DANA que no haya sido identificado por el Consorcio o las autoridades de la Generalitat, mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños del vehículo, o la reparación del mismo, el conductor también puede solicitar la baja temporal del coche a través de los distintos canales la DGT.
También se simplifican los trámites en el caso en que sea el propio conductor el que solicite la baja temporal, ya que solo necesitará rellenar un simple formulario en la DGT y declarar de forma responsable que la solicitud de la baja se debe a que su vehículo se ha visto afectado por la DANA.
Además, también pueden solicitar las bajas temporales del vehículo los gestores administrativos, colaboradores de la administración en lo que a procedimiento de tramitación se refiere.
Baja permanente
Si posteriormente el conductor tiene que dar de baja permanente ese vehículo, ya que está inservible para poder circular de nuevo, deberá solicitar su baja definitiva en la DGT y llamar a un Centro Autorizado de Tratamiento Medioambiental para su destrucción.
Estos centros son los únicos autorizados para descontaminar y destruir los vehículos conforme a criterios ambientales y expedirán el correspondiente certificado de destrucción que entregarán al titular de dicho vehículo.
Una vez que conste en el Registro de Vehículos de la DGT la información de la baja definitiva de los vehículos se les facilitará a los ayuntamientos para la actualización de su parque y la gestión del impuesto de circulación.
Duplicado del permiso de conducir
Por otro lado, la DGT también facilitará de forma rápida y gratuita un duplicado del permiso de conducción a todas aquellas personas que hayan perdido su documentación durante la DANA.
Para solicitarlo, el titular solamente necesitará declarar de forma responsable que su permiso de conducción se ha visto afectado por las inundaciones. El duplicado del carné de conducir será remitido al interesado a la dirección existente en el Registro General de Conductores que conste en la DGT o a la Jefatura Provincial de Tráfico.
Tanto en el caso de las bajas del vehículo como en el del duplicado del permiso de conducción, la DGT tiene abiertos todos su canales para presentar las solicitudes de estos trámites extraordinarios, que se pueden realizar a través del teléfono 060, de página web de DGT y en la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia.
Además, el organismo de Tráfico dispone de la aplicación miDGT en la que el ciudadano puede tener acceso a la información sobre sus vehículos, la documentación de los mismos y el propio permiso de circulación. Además, en la aplicación se tiene acceso al permiso de conducir electrónico que tiene la misma validez en territorio nacional que el emitido en soporte en papel.