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sábado, 23 noviembre 2024

DGT: todas las multas por las que te quitan puntos del carné

El pasado mes de marzo se aprobó la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que agravó algunas de las multas para determinadas conductas que la DGT considera que tienen un mayor riesgo para la seguridad vial y se aumentaron los puntos del carné que nos pueden quitar por cometer infracciones como no utilizar el cinturón de seguridad, llevar el móvil en la mano o adelantar a ciclistas sin respetar la suficiente separación.

El permiso de conducir por puntos está en vigor en España desde 2006 y cada conductor parte con 12 créditos, que se van restando a medida que comete infracciones. Los conductores noveles y los que obtienen un nuevo el permiso después de que se les haya retirado tienen 8 puntos, mientras que para el resto, si en tres años no se cometen infracciones, a los puntos iniciales se suman dos más. Y en otros 3 años sin ser sancionados, se suma otro punto más, hasta un máximo de 15.

Los puntos del carné se pierden por cometer alguna infracción grave o muy grave y te pueden quitar desde 2 a 6 puntos, dependiendo de la gravedad. Estas son todas las causas por las que la DGT te puede restar puntos y las multas que tendrás que pagar.

Las sanciones por exceso de velocidad son las más frecuentes, según la DGT

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Infracciones más frecuentes y otras que restan 3 puntos

Los puntos del carné se pierden por cometer alguna infracción grave o muy grave. Te pueden quitar desde 2 a 6 puntos, dependiendo de la gravedad de las mismas. Desde que comenzó a funcionar el permiso por puntos, las infracciones que más créditos han hecho perder a los conductores son el exceso de velocidad, no llevar puesto el cinturón de seguridad, el uso del teléfono móvil al volante y el consumo de alcohol y drogas. También son generalizadas las sanciones por conducir con el permiso caducado, no tener la ITV al día o conducir sin el seguro obligatorio del vehículo.

Entre las infracciones que restan tres puntos y conllevan multa económica de 200 euros se encuentran:

  • Realizar un cambio de sentido antirreglamentario (200 €).
  • Conducir con cascos o auriculares, llevar el móvil entre el casco y la cabeza, manipular manualmente el navegador o utilizar el móvil (siempre que no sea con el sistema de manos libres) (200 €).
  • Conducir vehículos que lleven mecanismo de detección de radares o cinemómetros (200 €).
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