Aparcar y estacionar son sinónimos que en la ley de Tráfico significan lo mismo. Donde si hace distinción la DGT es en los términos «parada» y «estacionamiento». Estos conceptos son dos inmovilizaciones muy diferentes y cada una de ellas tiene su normativa. De hecho, es imprescindible saber distinguirlas para evitar que te pongan una multa, pues si no tienes claros los conceptos, puedes equivocarte con la señalización.
Las señales que indican si se puede parar, estacionar o ambas cosas son una de las señales que más confusión causan a la hora de presentarse al examen de conducir: hay muchas opciones y todas son muy similares. De manera resumida si solo tiene dibujada una raya inclinada implica prohibido estacionar, y si tiene las dos representa prohibición de para y estacionar. Por eso es importante saber a qué se refieren exactamente estos dos términos.
4Dónde efectuar la parada y el estacionamiento
En vías interurbanas la maniobra la debes realizar fuera de la calzada, en concreto, en el lado derecho y dejando libre la parte transitable del arcén. Mientras que en vías urbanas tienes que dejar el coche lo más cerca posible del borde derecho de la calzada o del arcén. Aunque si la vía es de doble sentido también puedes parar en el lado izquierdo. Ten en cuenta que sitios en los que está prohibido parar: curvas, cambios de rasante de visibilidad reducida y sus proximidades. También está prohibido, y resulta bastante obvio, parar en túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal de túnel.
Otros lugares prohibidos son los pasos a nivel, pasos para ciclistas o peatones, carriles o partes de vía reservados para el uso exclusivo de una parte de los usuarios de la vía (paradas de bus, por ejemplo). Y la lista aún es más larga, basta con aplicar el sentido común y si crees que supones un peligro o un obstáculo para el tráfico, sabrás que no debes parar ni estacionar en ese lugar.