Si lo que quieres es evitar una multa de la DGT por usar los faros antiniebla de manera incorrecta, la solución más sencilla es que aparques el coche y no circules. Pero quizás eso no es tan fácil hoy en día. En estas épocas del año en que la niebla, la lluvia o la nieve se hacen mas frecuentes, hay algo que no cambia o incluso se incrementa. Es la necesidad de usar el coche para casi todo.
Trabajo, actividades fuera de casa, la escuela de los niños, las visitas familiares, son escenarios que con mal clima se complican y resultan, casi molestos a la hora de conducir. Por ello, y no solo por esquivar la sanción de trafico, usar perfectamente los sistemas de alumbrado, es garantizar la seguridad mientras circulamos.
3Y sigue apuntando en que momentos y como han de usarse estas luces
- En los casos de referencia, deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance, especificando que se puede usar solo la luz antiniebla delantera o combinada con las de cruce/niebla y largo alcance/niebla.
- La luz antiniebla delantera es de uso exclusivo en las circunstancias descritas y también en carreteras de extrema sinuosidad con una anchura de 6,5 metros o inferior, y en las que previamente estén señalizadas estas condiciones y características de la vía.
- El uso de la luz antiniebla trasera queda para uso exclusivo de las extremas condiciones de luminosidad por efecto de estas alteraciones climáticas, agravadas en intensidad.
- Circular sin alumbrado, no ya el sistema antiniebla, supone una infracción grave.
Destacar aquí que los fabricantes cumpliendo la norma instalan las luces para niebla traseras de serie, siendo las delanteras totalmente opcionales.