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sábado, 23 noviembre 2024

Una multa de la DGT, por el exceso de abrigo

Esto no va solo de evitar la multa por llevar un buen abrigo. ¿Has probado a conducir con un traje de buzo de los años 50 del siglo pasado? Seguro que no. Pero, y ¿un saco de dormir modificado para que tenga mangas y perneras?. En la actualidad, los aficionados a la caza, gozan de estas acondicionadas prendas para las jornadas mas frías. Ahora bien no conducen con ellas puestas. Simplemente aguardan en el puesto, sentados y calentitos, a que la res, les proporcione el goce de un lance extraordinario.

Pues extraordinaria será la multa, si desde tus ocurrencias, llevas a la practica esta idea, ya que el exceso de abrigo, mientras el volante esta en tus manos, es sancionable.

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Multa de hasta 200 euros por diez minutos de frio

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Y por si fuera poco, en caso de que los agentes consideren, por la gravedad de los hechos, que la negligencia o la omisión de este concepto fuera la causa manifiesta de otros supuestos, se pueden considerar graves cuantas infracciones se adviertan en tal situación, por lo que la multa asciende a 200 euros.

Para entender todo esto, y en la practica, basta con volver al encabezado. Si tienes que salvaguardar la movilidad dentro del puesto de conducción, para que la respuesta ante una eventualidad o incidencia del trafico sea efectiva, lo menos aconsejable es vestirse de buzo o de camuflajes, o con prendas excesivamente gruesas. Los guantes, restan capacidad en los mandos de control y palancas de acción, las botas de montaña hacen lo propio con los pedales, y los gorros, pasamontañas y bufandas pueden disminuir tu campo visual.