16 de mayo: la fecha límite que han puesto para los operadores de carga de coches eléctricos.
Es imprescindible que todo lector tenga en cuenta que hace meses el Consejo de Ministros acabó aprobando el anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
Por medio de éste lo que se establecía era la intención de poner una fecha que fuera límite a los vehículos que fueran ligeros de combustión de aquí al año 2050.
Aunque, por el momento, tan solo se trata de un borrador hay que añadir que todavía falta que se apruebe dicha ley en el Congreso además de en el Senado.
3Más información sobre este tema
Hay que tener en cuenta que la orden, que ha llegado a ser publicada en el Boletín Oficial del Estado, ha señalado que tienen que enviar cierta información al Miteco.
Además, los operadores van a tener que remitir unos datos que tienen carácter público y que van a ser incluidos en el Geoportal.
Se trata de información que es estática y donde va a figurar la dirección además del horario de toda la infraestructura de recarga.
También darán información sobre la potencia máxima con la que se podrán cargar los coches, los diferentes métodos de pago que se encuentren disponibles.
Pondrán información acerca del tipo y del modo de carga de cada conector y estos serán algunos de los datos que tendrán los conductores de vehículos eléctricos.
Se trata de una información que va a tener que remitirse desde la entrada en vigor de dicha orden ministerial.
Y es que, el día 16 de mayor se tendrá que actualizar en un plazo máximo de una semana después de alguna que otra modificación.
Os diremos que es una información algo dinámica y se refiere sobre todo a la disponibilidad que tendrá la instalación además del precio de venta de la electricidad o del servicio de recarga.