El giro de última hora de Dirección General de Tráfico para poder conducir motos de 125 con el carnet B, así que esta información te interesa si quieres conducir motos de este tipo.
Antaño lo que tenía que hacer la gente era obtener el correspondiente carnet de conducir pero parece ser que ahora tienen que realizar los usuarios una formación.
Si tienes ganas de circular con una moto de 125 cc, ten en cuenta todo lo que se diga en este artículo porque seguramente te interesará y tendrás que apuntar ciertos datos.
1La Dirección General de Tráfico quiere que tengas esto en cuenta
La DGT sabe bien que hasta hace poco las personas que quieran circular con una moto de 125 cc, tenían que obtener un permiso específico pero ahora el organismo quiere modificar un poco el asunto.
¿Es sencillo conducir por carretera llevando una moto de 125 cc?, ¿qué es lo que dice el organismo de la Dirección General de Tráfico?, pues piensa que no cualquier persona es apta para ir por la carretera con un vehículo de este tipo y hay que endurecer las normas.
Pues, a partir del día 1 de enero del año 2025, los usuarios que quieran circular con una moto de 125 cc, van a tener que contar con 3 años de experiencia en el permiso de conducir B.
Además, los conductores van a tener que realizar una formación de capacitación para poder conducir motos de este tipo y así podrán demostrar que son aptos.
Esto va a incluir ciertos aspectos de seguridad y los conductores van a tener que contar con unos conocimientos mínimos que giran en torno a la conducción de motos de 125 cc.