Muchas son las veces que hemos visto cámaras situadas en el salpicadero o con algún tipo de sujeción al cristal delantero de un vehículo. Sin embargo, la mayoría de estas ocasiones han sido en películas y en coches de policía, pero, ¿es legal llevar una cámara ‘on board’ en nuestro propio coche? Pues aunque la respuesta es «sí», hay importantes matices en ella.
Antecedentes internacionales
Hay un claro precedente en la cuestión de las cámaras ‘on board’ a nivel internacional y se trata de lo estipulado en Rusia. Allí, tras numerosas estafas de clientes a seguros por supuestos atropellos o accidentes, o estafas policiales de carácter corrupto, el gobierno decidió imponer una ley por la que cada vehículo estaba obligado a llevar una de estas cámaras. De esta manera los conductores podrían defenderse de los policías corruptos y las aseguradoras de los falsos sucesos por lo que se pretendía cobrar.
¿Qué dice la normativa sobre las cámaras en coches?
La normativa en España se refiere específicamente a través de la LOPD (Ley de Protección de Datos) y la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) a que las imágenes que se graben necesitarán el permiso legal del afectado – es decir de las personas que salgan en él – para su posterior uso.
Ahora bien, si tu idea es usar dichas imágenes únicamente para uso propio – llamado de manera legal uso doméstico – podrás hacerlo sin ningún problema. De hecho, la DGT (Dirección General de Tráfico) contempla dicha acción como legal. Por ejemplo, si estás de viaje y decides grabarlo para hacer un recopilatorio del mismo con una GoPro o similares, estarás realizando una acción completamente legal.
Lo que siempre podremos hacer es llevar una cámara apuntando al interior del coche. En ese caso, como seremos nosotros los únicos que nos montaremos no habrá problemas de incurrir en la privacidad de nadie. Además, en este caso se podrá dejar con una grabación continua sin ningún tipo de problema.
Multas que puede acarrear manipular una cámara
Si las imágenes son difundidas y los protagonistas de las grabaciones deciden demandarte, puede ocasionarte un disgusto en forma de multa u otra serie de sanciones.
Lo que sí es seguro es que la Policía podrá multarte si vas manejando la cámara, sea para el uso que sea, mientras estás a los mandos del vehículo.
Dicha acción será sancionada tal y como si se tratase del móvil. Es decir, con la nueva normativa impuesta por la DGT, se le impondría una sanción de 200 euros y se le restarían seis puntos del carnet al infractor.
Situaciones al margen
Hay cámaras, como una que venía de serie con una edición del Citroën C3 que están precisamente programadas para activarse en determinados casos. Esta lo que hacía era, tras un accidente comenzaba a grabar los momentos posteriores y recuperaba los 30 segundos anteriores al acontecimiento.
No obstante, en la mayoría de estos casos no se podrá usar la grabación como prueba al no tener permisos previos para grabar a terceros, como hemos comentado antes que era una ilegalidad en caso de hacerse públicas.
Sin embargo, bajo determinadas circunstancias y siempre que así lo estipulara el juez, sí podría haber alguna ocasión en la que una grabación de una cámara ‘on board’ sirviese como prueba infalible ya fuera un accidente, un robo o similares.
Obviedades en el uso de la cámara
A pesar de que no lo hemos mencionado en el resto del artículo se da totalmente por hecho que las cámaras de aparcamiento o similares que sirven como ayudas al conductor, están totalmente permitidas. Además, estas no memorizan el contenido que se visualiza, sino que simplemente emite la imagen en directo para ayudar al conductor a realizar diversas maniobras.
Para zanjar el tema diremos que sí, sí es legal llevar una cámara en tu coche. Eso sí, no lo será la posterior difusión de su contenido.