comscore

¿Me pueden multar si aparco en mi propio vado?

Estamos buscando aparcamiento, damos vueltas por la misma manzana, tenemos prisa y hemos pasado ya tres veces por el mismo vado. Estamos un tanto desesperados y surge la duda: ¿podemos aparcar un momento?. Las dudas sobre los vados permanentes son razonables. Incluso si eres el propietario de tu propio vado, que pagas religiosamente al ayuntamiento, te puedes llegar a preguntar: ¿Me multan si aparco en mi propio vado? Te lo contamos a continuación.

Antes de nada conviene saber qué es un vado. Se trata de una zona de uso en la acera que sirve básicamente para acceder a un garaje o vivienda (también a un local o negocio). Esto significa que tienes derecho al paso y utilización de esa zona de la acera, eso sí tras abonar al ayuntamiento la correspondiente tasa.

Vado permanente.

Para solicitar este requisito debes acreditar en la documentación que eres propietario de la vivienda o negocio donde se pide el acceso de paso. Además del DNI y el emplazamiento exacto del lugar debes explicar la necesidad concreta por la que deseas tener un vado. Y ahora llega la primera duda.

Una vez que lo has solicitado y te han aceptado la petición (es un tema burocrático que puede tardar semanas) tienes que situar en una zona visible la correspondiente señal R-308, que marcará su vigencia. Lo normal es que sea por un año y sirve para cubrir las 24 horas del día, salvo que en una pegatina se especifiquen unas determinadas horas. La vigencia suele ser anual, y en caso de no renovarse, automáticamente queda suspendido.

2
¿Me multan si aparco en mi propio vado?

vado permanente

Dicho esto llega la segunda de las dudas razonables. Si soy el propietario del vado y pago religiosamente la tasa (que depende de cada ayuntamiento en cuestión), ¿puedo aparcar en mi propio vado? La respuesta quizás te sorprenda, pero no puedes. No hay ninguna excepción para que el propietario de un vado pueda utilizar el mismo para estacionar su vehículo en dicho lugar sin acceder al interior y utilizar su plaza de garaje.

En este sentido hay que insistir que la prohibición, además, viene dada por la existencia de la señalización que prohíbe la parada o el estacionamiento en dicho lugar. En consecuencia, si cualquier vehículo se encontrase interrumpiendo ese acceso, incluso, aunque sea el vehículo del propietario, estaría cometiendo una infracción.

Esto pasa en ocasiones en zonas principalmente de viviendas unifamiliares. Llegas con el tiempo justo para comer y aparcas en tu vado. O llegar por la noche tarde y haces pereza de tener que abrir la puerta, meter el coche y cerrar. Solución: lo dejas fuera y ya mañana lo quitarás.

Lo normal es que no pase nada porque es tu garaje y sólo lo utilizas tú y tu familia. Por lo tanto es complicado que nadie vaya a denunciar porque no habrá una necesidad de pasar a tu casa. Pero ojo con no tener cuentas pendientes con algún vecino que tenga tiempo libre, o con una patrulla de la Policía Local que pase varias veces por el lugar, vea el coche aparcado y…

Siguiente