Acudir a la inspección Técnica del Vehículo (ITV) es obligatorio para todos los conductores conforme el coche cumple cierta edad. Para los turismos, por ejemplo, el primer paso por la ITV es a los cuatro años desde su matriculación.
Este año, en julio deberán acudir a la ITV los vehículos cuya matrícula esté incluida entre las letras LHH y LJD y en agosto aquellos cuyas letras estén entre la LJF y la LJR. Circular con la inspección caducada implica una multa de 200 euros, por lo que, lo más recomendable, es planificar con antelación la fecha en que tendremos que acudir a la inspección. Pero, ¿qué ocurre si tengo que pasar la ITV y estoy de vacaciones?
3¿Cuáles son las multas por circular con la ITV caducada?
Circular con la ITV caducada no solo supone enfrentarse a una multa, sino que esta inspección está pensada para revisar que el coche está en correctas condiciones para circular y, muchas veces, aparecen vicios ocultos que no se aprecian a simple vista, lo que puede suponer un problema de seguridad vial.
Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como si lo tenemos estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha correspondiente acarrea una sanción económica de 200 euros.
Si hemos ido a la estación de inspección y esta ha resultado desfavorable, pero seguimos circulando con un vehículo al que se le detectaron defectos graves (solo permiten la circulación hasta el taller de reparación), la multa será de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.
Por otro lado, circular con una ITV negativa, es decir, seguir circulando con el vehículo al cual se le han detectado defectos muy graves, supone una multa de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la revisión en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de los defectos.
A todo esto se añade que la compañía aseguradora no dará cobertura a ese vehículo en caso de siniestro si no tiene la inspección al día, lo que puede originar unos elevados gastos para el propietario del vehículo en función de la gravedad.