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No podrás conducir tu moto de 125 con el carnet de coche porque ‘nos lo ha pedido Cataluña’

La reciente decisión de la Dirección General de Tráfico (DGT) de España de restringir a los conductores con carnet B la capacidad de manejar motocicletas de hasta 125 centímetros cúbicos ha desatado una serie de debates y preocupaciones entre los usuarios y profesionales del sector.

La justificación de esta medida, según el director general de tráfico, Pere Navarro, se encuentra en la insistencia proveniente de Cataluña, específicamente del Ayuntamiento de Barcelona. A continuación, profundizaremos en las razones, consecuencias y posibles soluciones relacionadas con esta polémica decisión.

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¿Teórico o práctico de moto?

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Uno de los aspectos más debatidos y que genera mayor incertidumbre es el método que se requerirá para obtener la autorización para manejar motos de 125 centímetros cúbicos. Navarro no ha proporcionado plazos exactos para la implantación de esta medida, pero ha enfatizado que no tiene marcha atrás. La Dirección General de Tráfico tiene previsto modificar el Reglamento de Circulación para actualizar el catálogo de señales este mismo año. Sin embargo, la falta de claridad sobre si los conductores tendrán que enfrentarse a un nuevo examen práctico de moto o realizar un curso teórico ha generado confusión y preocupación entre el sector y los usuarios.