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Estas son las motos y scooters que la DGT te permite llevar con el carnet de coche

Estas son las motos y scooters que la DGT te permite llevar con el carnet de coche, así que presta mucha atención.

Hay conductores que no saben que teniendo el carnet B pueden utilizar una serie de motos y scooters pero en este artículo lo van a descubrir.

Hay personas que quieren utilizar ciertas motos o scooters pero no saben si tienen que invertir algo de dinero en obtener un permiso nuevo.

No te preocupes porque en este artículo te vamos a guiar un poco para disipar todas las dudas que puedas tener.

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Con el carnet B puedes conducir motos y la DGT lo sabe

La DGT quiere explicar lo siguiente: ¿quiéres hacer uso de scooters y motos pero no quieres obtener el carnet A2 porque no tienes ganas y te supone mucho dinero?

Pues bien, los conductores tienen que saber que con el carnet B de coche cualquiera puede hacer uso de ciclomotores o motos.

No es necesario que los conductores pasen ningún examen ni tienen que acudir durante un determinado tiempo a la autoescuela ni nada parecido.

Para poder conducir una moto haciendo uso del carnet de coche tienes que cumplir unos pocos requisitos como son tener el carnet B desde hace unos 3 o más años.

Además hay que añadir que la moto que vayas a conducir tiene que ser de 125 c.c. o equivalente.

Y, sí, efectivamente, si tienes el carnet de coche puedes conducir motos además de scooters o triciclos y cuadriciclos para el carnet A1.

El carnet A1 permite que cualquier conductor pueda hacer uso de motocicletas de 125 c.c. y que cuenten con una potencia de 11 kW.