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¿Cuál es la multa si me pilla la DGT haciendo un caballito con la moto?

La DGT sanciona estas acciones como negligencia en la conducción por actitud temeraria. Caballitos, derrapes, excentricidades acrobáticas que subidos a una moto pueden ocasionar graves accidentes.

Conlleva una multa que puede alcanzar los 500 euros cuando no hay consecuencias graves por siniestros o accidentes, y considerarse delictiva, en caso de que la gravedad de la infracción tenga tintes de imputabilidad por daños o lesiones.

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El delito de conducción temeraria

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Si las autoridades considerasen que estamos poniendo en un riesgo concreto la vida o la integridad física de un tercero, entonces estaríamos hablando de conducción temeraria, que es un delito tipificado en el artículo 380 del Código Penal que está sancionado -en el mejor de los casos- con 500 euros de multa y con la retirada de seis puntos del carnet.

Ahora bien, podría derivar incluso en una pena de prisión: “El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años”, explica el artículo 380 del Código Penal.

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