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¿Me puede multar la DGT por llevar un ambientador en el coche?

El retrovisor se ha convertido en el lugar más habitual para colgar adornos dentro del coche. Como si de un árbol de navidad se tratarse, el retrovisor del coche suele alojar ambientadores, figuras religiosas, banderas, adornos de todo tipo: desde los típicos dados a decoración de lo más extravagante…

Este espacio del coche se ha convertido en una de las partes que mejor define los gustos de su propietario, pero aunque cada uno puede decorar su coche como le plazca, tampoco hay que excederse en cuanto a dimensiones. Aunque no hay ninguna ley que prohíba explícitamente colgar objetos del espejo interior, esta costumbre decorativa sí que podría ser motivo de multa.

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Cuidado con los soportes del móvil y con los adornos en la luna

De pinza

El problema no es sólo de los soportes de móvil que tapan la visibilidad del conductor. Cualquier objeto que se incluya en esta parte delantera del vehículo (como un ambientador, una bandera, una mascarilla, un adorno grande, etc) y que interfiera con la visión de la carretera, será un problema para la DGT.

Por eso, tienes que prestar especial cuidado con los adornos que llevas colgando del retrovisor. Si esta decoración colgante obstaculiza la visión de la carretera se estará contraviniendo el Artículo 19 del Reglamento General de Circulación y puedes ser multado por ello.