Paras en un pueblo para comer y dejas tu coche en un camino o en una parcela de tierra. No hay señalización. ¿Puede la DGT multarte en esa situación u otra similar? En primer lugar, hay que recordar que la competencia para regular los estacionamientos y paradas en vías urbanas son competencia de cada ayuntamiento y, por tanto, se deberá tener presente y conocer la regulación que se haga en las ordenanzas municipales de circulación de cada ciudad o municipio.
4Dejar paso a las personas que vayan ‘cargadas’
Debe existir un paso suficiente como para que personas que vayan con objetos voluminosos puedan pasar y, por supuesto, que personas con movilidad reducida o algún tipo de discapacidad no tengan que hacer ‘malabarismos’ para sortear obstáculos.
Como la pelota está en el tejado de cada municipio, lo cierto es que existe una amplia disparidad al respecto. Y puede darse la circunstancia de que vayamos a un municipio en el que se nos deje aparcar en la acera, y en otro que esté literalmente al lado nos lo prohíba.
En cualquier caso lo mejor es acudir a las ordenanzas municipales que dictamina cada ayuntamiento y ‘empollar’ un rato para saber si está permitido o no. Y si en ellas no se recoge nada al respecto, mejor no subir la moto a la acera porque por normativa estará prohibido.
Es cierto que en pueblos pequeños y sin grandes aglomeraciones no se suele recurrir a ordenanzas de este tipo porque no suelen existir problemas de estacionamiento. Sin embargo, en las grandes ciudades, donde los problemas para aparcar son en muchas ocasiones un auténtico quebradero de cabeza, este tipo de acciones sí que suelen estar reguladas para facilitar el poder aparcar.