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sábado, 23 noviembre 2024

¿Me puede multar la DGT por llevar una cámara en el coche?

La seguridad en la carretera no preocupa solo a las autoridades, los conductores son los principales interesados en cuidar su seguridad y también la de su vehículo. Para muchos su coche es como su hijo y les duele cada vez que sufren algún daño, sobre todo les duele en la cartera. Por eso, muchos conductores optan por incorporar en sus vehículos pequeñas cámaras que registren todo lo que suceda a su alrededor.

En otros países llevar una cámara de vigilancia en el parabrisas es algo común, debido a los fraudes en los atropellos. En España esta medida de seguridad está menos implantada, aunque cada vez más conductores se suman a ella. Sí que está más generalizado su uso entre motoristas y ciclistas, que utilizan estas grabaciones para poder denunciar las situaciones de riesgo que sufren a menudo y que amenazan su integridad. Pero, ¿hasta qué punto es legal llevar una cámara en el coche?

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La DGT no considera sancionable equipar una cámara de vigilancia en el coche

No hay ninguna ley que prohíba la instalación de cámaras en el coche y la grabación de imágenes en su exterior. La Dirección General de Tráfico (DGT) no considera que haya ningún inconveniente en equipar el coche con estos dispositivos, aunque siempre que se trate de grabar y difundir imágenes de terceros entra en juego la Lay de Protección de Datos.

Esta Ley de Protección de Datos prohíbe mostrar difundir imágenes de terceras personas sin su consentimiento. De este modo, si se muestran unas imágenes donde se puede identificar a una persona o la matrícula de otro vehículo, se está violando esta ley. Por lo que si vas a mostrar o publicar imágenes grabadas desde tu vehículo lo mejor es que pixeles las matrículas y caras de quienes aparezcan en el vídeo.