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¿Me puede multar la DGT por no llevar ya la luz de emergencia V16?

En los últimos tiempos, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido cambios significativos en las normativas viales que han dejado a muchos conductores desconcertados. La eliminación de los triángulos de emergencia como obligatorios en ciertas vías de alta capacidad y la introducción de la luz de emergencia V16 como alternativa han generado polémica y confusión. En este artículo, analizaremos en detalle la situación actual y responderemos a la pregunta clave: ¿Puede la DGT multarme por no llevar la luz de emergencia V16?

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La DGT cambia la normativa

A finales de junio, Pere Navarro, el director de la DGT, anunció un cambio importante en relación con los triángulos de emergencia. Según esta nueva instrucción, los triángulos ya no son obligatorios en las vías de alta capacidad a partir del 1 de julio. Esta medida ha generado una serie de dudas entre los conductores, sobre todo en lo que respecta a las carreteras de alta velocidad como autopistas y autovías. Esta decisión ha sido tomada con el objetivo de mejorar la seguridad vial y reducir los riesgos de atropellos y accidentes cuando los conductores se ven obligados a detenerse en el arcén.

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