comscore

¿Me puede multar la DGT por no llevar ya la luz de emergencia V16?

En los últimos tiempos, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido cambios significativos en las normativas viales que han dejado a muchos conductores desconcertados. La eliminación de los triángulos de emergencia como obligatorios en ciertas vías de alta capacidad y la introducción de la luz de emergencia V16 como alternativa han generado polémica y confusión. En este artículo, analizaremos en detalle la situación actual y responderemos a la pregunta clave: ¿Puede la DGT multarme por no llevar la luz de emergencia V16?

3
Convivencia de sistemas de señalización

La iluminación de la vía es esencial

La DGT ha establecido un período de transición en el que tanto los triángulos como la luz V16 pueden convivir como sistemas de señalización válidos. Si bien el uso de los triángulos ya no es obligatorio en autopistas y autovías, todavía es esencial en otras carreteras. Por lo tanto, no te expones a multas si decides seguir utilizando los triángulos en estas vías.

En lo que respecta a la luz de emergencia V16, su uso no se vuelve obligatorio hasta el 1 de enero de 2026. Hasta esa fecha, los conductores pueden optar por no llevarla sin temor a ser multados. Sin embargo, una vez que esta luz se convierta en obligatoria, será fundamental que esté conectada con la DGT para permitir la geolocalización precisa de la incidencia.