La llegada del teléfono móvil a nuestras vidas. Aparte de significar todo un alarde de independencia relativa en las comunicaciones, supuso también un cambio de conducta en lo referente a los hábitos normales durante la conducción. Tanto es así que este simple hecho, implicó un cambio en la legislación, reglamentación y multas, sobre los distintos apartados que determinan la conducta al volante. Sin embargo, adecuar tu coche a estas nuevas formas y leyes, viene siendo una inquietud. Tanto fabricantes de coches y teléfonos, como las mismas autoridades y asociaciones de usuarios, mantienen el debate.
2Otras nuevas multas en la ley de trafico
También son reseñables estos aspectos modificados en la ley; unos resultan controvertidos y otros acertados: A pesar de que se había anunciado que se mantendría el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales, finalmente se ha eliminado el apartado 4 del artículo 21 de la Ley. La polémica aquí surge del hecho implícito, de tener que emplear mas tiempo en la maniobra, aumentando considerablemente el tiempo de permanencia el carril contrario. No varia el importe de las multas
Tanto para adelantar a un ciclomotor como a una bicicleta tendrás que cambiar completamente de carril si la vía tiene más de un carril por sentido (cambia el artículo 35.4 de la Ley). Si la vía solo tiene un carril, debes mantener la separación mínima de 1,5 metros.
Parar o estacionar en un carril bici se considerará una infracción grave, lo que conlleva multas de 200 euros.
Alcohol y drogas entre conductores menores: Los conductores menores de edad de cualquier tipo de vehículo, es decir ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal no pueden circular con una tasa de alcohol superior a cero, tanto en sangre como en aire espirado.