Es obligación de la DGT, vigilar, prevenir, proteger y sancionar sobre todas aquellas conductas que supuestamente sean consideradas infracciones, y deben ser notificadas tanto a la administración y poderes públicos, como al infractor o responsable del supuesto, ya que esta en juego la confianza que con el carnet de conducir se ha puesto en el conductor.
3La Dirección Electrónica Vial
Pero las nuevas tecnologías, que también llegan a la burocracia administrativa, están proporcionando además de rapidez y fiabilidad, un carácter coetáneo y actualizado al obligado ejercicio de notificación que las autoridades sancionadoras tienen con el usuario.
Es así que, desde el 1 noviembre la DGT pone a disposición de los conductores y titulares de vehículos, la DEV (Dirección Electrónica Vial) al tiempo que anuncia que sobre las personas jurídicas que consten como titulares de vehículos sancionados no se emitirá notificación en papel.
Para dar de alta en DEV será necesario usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil dónde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Recuerda que si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico.