Es obligación de la DGT, vigilar, prevenir, proteger y sancionar sobre todas aquellas conductas que supuestamente sean consideradas infracciones, y deben ser notificadas tanto a la administración y poderes públicos, como al infractor o responsable del supuesto, ya que esta en juego la confianza que con el carnet de conducir se ha puesto en el conductor.
6Consultar las multas impuestas pendientes de liquidar
Pero previamente a este ultimo recurso de la administración, si tienes multas pendientes también puedes hacer uso de los sistemas siguientes:
Las sanciones impuestas por la DGT que no se te hayan podido notificar en tu domicilio por estar ausente o por cambio de dirección se publicarán en TESTRA, el tablón de edictos electrónicos de la DGT, y de manera simultanea en el Tablón Edictal Único del BOE (TEU). Las sanciones publicadas en TESTRA y en el TEU se considerarán como notificadas 20 días después de su publicación.
Podrás consultar el tablón siempre que quieras, con el fin de permanecer al corriente de las sanciones que puedan llegarte al infringir el reglamento de circulación.
Todos los edictos se publican en castellano y, además, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma del organismo emisor si lo proporciona en los dos idiomas. En caso de discrepancia entre edictos publicados en distintos idiomas, prevalece el texto que determine el organismo emisor.
Para consultar posibles sanciones impuestas por otros organismos distintos a la DGT te aconsejamos que consultes directamente el Tablón Edictal Único del BOE (TEU)