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Aunque no tengas prisa por pagar las multas, a veces puedes hacerlo en el acto

Las multas de tráfico son una preocupación constante para los conductores. La Dirección General de Tráfico (DGT) es un organismo siempre presente en las conversaciones de los automovilistas, especialmente cuando se habla de aumentos en las cifras de accidentes y de cambios en las normativas. En ese contexto, es posible que también surja otra pregunta: ¿se pueden pagar las multas en el acto? Aunque la respuesta no es sencilla, existen diversas situaciones en las que sí se puede realizar el pago inmediato. En este artículo, las analizamos.

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Opciones para abonar la multa

¿Qué vías tengo para presentarla?

Las maneras disponibles para pagar una sanción varían según la entidad que la haya impuesto. Las multas emitidas por los ayuntamientos deben pagarse siguiendo las instrucciones detalladas en la notificación de la sanción, que incluyen las entidades bancarias y los plazos en que se puede realizar el pago. Cada municipio puede tener las suyas propias, por lo que es importante seguir las indicaciones.

Para las multas impuestas por la DGT, existen varias opciones para realizar el pago dentro del período de 20 días naturales: con tarjeta de crédito o débito en la web de la DGT, por teléfono llamando al número 060, en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, oficinas de Correos, o sucursales y cajeros automáticos del Banco Santander.

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