El patinete eléctrico en España es ya uno de los vehículos de movilidad personal más usados especialmente por los conductores que desean ahorrar combustible y pagar menos impuestos. La proliferación de este tipo de vehículos ha supuesto la necesidad de modificar en ciertos aspectos la ley de Tráfico, en donde se han visto revisadas las normas de circulación para ellos.
Los datos de siniestralidad que arrojan las distintas valoraciones de años anteriores invitan a prever los posibles cambios que sobre este tipo de movilidad podemos sufrir, no en vano cada 27 horas ocurre un accidente de patinete eléctrico en España según un estudio elaborado por Hellosafe.
5Normativas municipales y de la DGT
Aunque en España no se exige carné de conducir para montar en patinete, algunas ciudades como Benidorm, Mahón, Palencia, Pozuelo de Alarcón (Madrid) y Majadahonda (Madrid) han introducido requisitos obligatorios para que los usuarios de este vehículo de movilidad personal adquieran un patinete, entre los cuales está un seguro de patinete con cobertura de responsabilidad civil, esperando así disminuir el número de víctimas mortales y lesionados por accidentes en patinete durante este 2023.
La DGT en su web, describe de manera resumida las normas de uso de los VMP (patinetes eléctricos):
- Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
- La DGT ha elaborado Manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
- No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
- Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
- Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
- En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. La DGT está ya trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y con los actores implicados.