Los patinetes eléctricos se han ido adueñando paulatinamente del paisaje urbano y han pasado de ser casi un juguete o un entretenimiento a convertirse en un medio de transporte habitual por las ciudades.
Economía, sostenibilidad, baja inversión, poco mantenimiento, maniobrabilidad, versatilidad, comodidad, facilidad de aparcamiento o recogida, bajo consumo, acceso al centro de las ciudades son algunas de las cualidades que ofrecen estos vehículos de movilidad personal (VMP), como los denomina Tráfico en su nueva normativa
4Atropello de peatón con un patinete eléctrico
Las circunstancias y los daños a evaluar siempre son diferentes en función de cómo se hayan producido los hechos. Por ejemplo, un atropello de peatón con un patinete siempre será diferente al atropello de un peatón con el coche.
Ante todo, lo primero a tener en cuenta es que los patinetes eléctricos a día de hoy no tienen obligación de contratar un seguro. De ahí que estén surgiendo numerosas controversias de tipo jurídico.
No obstante, los usuarios de estos vehículos están sujetos a la misma prudencia que el resto de conductores, así como a todas las normas de tráfico.
A pesar de que no hay obligación legal con respecto a la contratación del seguro, este hecho no quita que el usuario del patinete no esté obligado a responder por los daños causados. Por eso es recomendable la contratación de un seguro de patinete.
El peatón atropellado por un usuario con patinete eléctrico tiene derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados (lesiones, días de hospitalización, días de baja laboral, daños materiales, etc.).