Los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP), se verán obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil. Esta iniciativa forma parte del proyecto de ley del seguro del automóvil, que ahora incluye por primera vez a este tipo de vehículos. La medida no solo responde a un incremento en el uso de VMP debido a sus numerosas ventajas, sino también a la necesidad de armonizar la legislación nacional con la Directiva Europea 2021/2118. Norauto, una reconocida cadena de mantenimiento integral del automóvil, ha tomado la iniciativa de aclarar las dudas que puedan tener los usuarios de estos vehículos sobre el nuevo seguro obligatorio.
1Los tipos de patinetes afectados
El anteproyecto de ley especifica que todos los vehículos de movilidad personal deberán contar con un seguro de responsabilidad civil. Este requisito se basa en la Directiva Europea 2021/2118, que modifica la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, así como la ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. La incorporación de esta normativa refleja el esfuerzo del Gobierno por integrar los VMP en el marco legal vigente, reconociendo su papel creciente en la movilidad urbana.
La ley define con precisión qué tipos de patinetes deben contar con este seguro. Se refiere a vehículos motorizados que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg, o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso supera los 25 kg. Además, antes del 2 de enero de 2026, se implementará un registro de estos vehículos ligeros.
Es importante recordar que desde el 22 de enero de 2024, la Dirección General de Tráfico exige que los VMP comercializados en España, incluidos los patinetes eléctricos, cumplan con ciertas especificaciones técnicas y cuenten con un certificado y una identificación. Sin embargo, los VMP adquiridos antes de esta fecha pueden seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027.