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Los usuarios de patinetes eléctricos tendrán que tener un seguro de accidentes

El Gobierno acaba de aprobar el Proyecto de Ley del Seguro del automóvil que, entre otras cosas, obliga a los propietarios de patinetes a contratar un seguro de responsabilidad y fija un plazo de seis meses desde que se publique la norma (pendiente de tramitación parlamentaria) para que los usuarios de los patinetes cuenten con esa póliza.

Una decisión a la que ahora da luz verde el Gobierno y que se ha puesto sobre la mesa en numerosas ocasiones desde distintos sectores relacionados con la seguridad vial dada la alta tasa de accidentalidad de los patinetes. El propio director general de Tráfico, Pere Navarro, se ha mostrado partidario de la misma en numerosas ocasiones.

Además, la nueva norma también contempla la puesta en marcha de un registro de este tipo de vehículos ligeros, que tendrá que estar listo antes del 2 de enero de 2026.

EuropaPress hombre montado patinete electrico abril 2024 madrid espana Motor16

El proyecto normativo mejora la cobertura, indemnizaciones y seguridad de las víctimas de accidentes y amplía, incluyendo a los patinetes y a los vehículos agrícolas (hasta ahora estaban exentos), el conjunto de vehículos que deberán contar con seguro de accidentes para cubrir los daños personales y materiales que puedan producir a un tercero en caso de siniestro.

¿A qué tipo de vehículo se considera un patinete?

El anteproyecto introduce el concepto de vehículo personal ligero, al que define como aquellos vehículos a motor que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg.

Según el texto, la contratación de un seguro obligatorio de responsabilidad civil por parte de los usuarios de patinetes eléctricos (algunas aseguradoras ya lo ofrecían) o los vehículos de movilidad personal «busca compatibilizar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos».

Por otro lado, desde comienzos de este año, la Dirección General de Tráfico (DGT) exige que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados en España, patinetes eléctricos incluidos, cumplan unas determinadas características, entre ellas tener un certificado de homologación.

Esto supone que al comprar un patinete este debe tener una documentación que garantice que el modelo respeta la normativa y que está correctamente identificado. Entre esa documentación se encuentra una placa de marcaje de fábrica en la que figurará el número de serie o identificación, la marca, el modelo, la velocidad máxima que alcanza, el año de fabricación y el número de certificado, una ficha reducida de características técnicas y un documento que indique que el vehículo pertenece a la categoría VMP.

Además del seguro de patinetes, mejoras en las indemnizaciones

La norma aprobada por el Gobierno introduce también mejoras sustanciales en las indemnizaciones a las víctimas, que tienen como objetivo agilizar el procedimiento de valoración de las de las mismas, evitando en lo posible la vía judicial al permitir acudir a cualquier alternativa extrajudicial de resolución de conflictos; facilitando informes médicos y atestados policiales de manera gratuita, y estableciendo plazos más reducidos de valoración médica y emisión de informes, entre otras medidas.

Por lo que respecta a los importes de las coberturas, la norma contempla que se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo. Y se incrementan o se amplían algunos supuestos indemnizatorios para mejorar la cobertura de los afectados, como es el caso, por ejemplo, de las personas dedicadas a las tareas del hogar de la unidad familiar.

Con el objetivo también de dar mayor seguridad a las víctimas de accidentes de tráfico, se amplían los supuestos de indemnización cubiertos por parte del Consorcio de Compensación de Seguros. De esta forma, el Consorcio cubrirá los accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras.