Habrás entrado entre intrigado y asustado, a partes iguales, a conocer la explicación de esta prohibición. ¿Hay algún coche al que se le prohiba expresamente circular de noche? Sí. Lo entenderás con las propias palabras del Reglamento General de Circulación, que establece que «todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado».
También manifiesta que es obligatorio «cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad». Esto ocurre en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia similar que podamos padecer en carretera. Ya te puedes ir imaginando qué vehículos se miran con lupa por parte de las autoridades para evitar su circulación nocturna.
1Si no cumples la legislación no podrás conducir de noche
Hay coches que tienen prohibido circular de noche «per se». Y es que sus propias características limitan e incluso imposibilitan su presencia en un contexto siempre peligroso. Lo explica de forma clara el Real Decreto 885/2020, sobre la Ley sobre Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que dice así: «Aquellos vehículos que, por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos por la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, no podrán circular entre la puesta y la salida del sol».
Asimismo, el texto recuerda que estos vehículos tampoco podrán circular «en circunstancias que hagan necesario el empleo de tales sistemas», haciendo referencia a las condiciones meteorológicas antes mencionadas. ¿Quieres saber qué multa te puede caer si te saltas esta ley a la torera?