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sábado, 14 diciembre 2024

Prohibido conducir en dos semanas: la última multa de la DGT

La DGT te puede multar por conducir con ciertas enfermedades. A menudo encontramos conductores que se ponen al volante cuando su estado físico o mental no es el mejor. La Dirección General de Tráfico no se cansa de señalar que hay ciertas dolencias y enfermedades que son incompatibles con la conducción.

Los agentes de la DGT no pueden actuar como médicos para saber si un conductor está bien de salud o no. Sin embargo, muchos conductores ignoran que cuando se pide una baja laboral por una enfermedad, esa dolencia se hace oficialmente manifiesta, y en variedad de casos lleva implícita la prohibición de conducir.

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Enfermedades Psiquiátricas

Cremas solares y medicamentos

Salvo que un médico realice un informe favorable, que permita conducir a su paciente, las siguientes enfermedades psiquiátricas inhabilitan para conducir. Ten esto en cuenta si estás de baja por ansiedad o depresión, pues como mínimo puedes encontrar problemas para renovar el carnet, y necesitarás contar con ese justificante médico.

  • Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.
  • Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.
  • Ansiedad y Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • Trastorno obsesivo compulsivo.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • TDH.
  • Abuso y dependencia del alcohol.
  • Abuso y dependencia de drogas.