Cómo pasa el tiempo… Hace ya 15 años que en España se creó e instauró para todos los ciudadanos con permiso de conducir vigente el llamado ‘carnet de conducir por puntos’, es decir, el documento distintivo de cada persona que en su momento aprobó el examen de circulación.
En cada carnet aparecen los datos concretos que caracterizan a la persona titular, como por ejemplo, los puntos que tiene en ese momento. En este sentido, como sabrás, todos los conductores comienzan con 12 puntos y si pasados los tres años no ha cometido ninguna infracción, su montante pasará a ser de 15. La cifra perfecta.
2106.5, una deshonrosa marca
En caso de que una persona haya perdido todos los puntos del carnet, será sancionada automáticamente con su retirada inmediata y no podrá conducir hasta que no pasen seis meses. Esto lo indica la Dirección General de Tráfico a las claras en su página web. Pero hay algo más. Porque de alguna forma, este mal trago te hará quedar «marcado» a ojos de la DGT.
Pasados los seis meses, el conductor sancionado podrá recuperar el carnet realizando un curso de 24 horas con un examen teórico que, una vez esté aprobado, le otorgará un nuevo permiso con un saldo de 8 puntos. Hasta aquí todo correcto pero es que, además, en su carnet de conducir, aparecerá reflejado el código 106.5, que significa que esa persona ha tenido que obtener un nuevo permiso tras la pérdida de sus puntos anteriormente.