Intervenir los sistemas de vigilancia de la DGT, especialmente los radares, con el fin de evitar su acción preventiva, y mas concretamente la sancionadora, supone una infracción tipificada en la ley de trafico y seguridad vial.
Los medios que tenemos al alcance para este cometido van, desde la propia inutilización física de los medios, como es la destrucción o daños materiales, hasta los mas modernos y avanzados tecnológicamente, entre los que se encuentras los avisadores, detectores e inhibidores. Pero ¿en que se diferencian y como están regulados?.
4Un resumen y las multas
Ahora que conoces cada uno de estos sistemas anti radares, te hacemos un resumen para definirlos y distinguir las sanciones que acarrean.
- Detector de radares: como su propio nombre indica, detecta la ubicación del radar rastreando el campo electromagnético. Esto solo indica la ubicación sin interferir en ninguna aplicación del radar. La multa por su instalación y uso es de 200 euros y tres puntos del carnet
- Inhibidor de radar: las sanciones son mucho más graves, esto se debe a que en este caso sí se interfiere en el funcionamiento del radar, impidiendo que este detecte la velocidad y, por lo tanto, no suponga una sanción. El importe de la multa asciende hasta los 6.000 euros y 6 puntos de carnet
- Avisador de radares: esta es la opción legal. Se trata de un dispositivo GPS que avisa a través de alertas de la ubicación de un radar fijo o de tramo. Se basa en la información que la DGT proporciona en su propia web, de ahí que no haya inconveniente en usarlo durante la conducción.
Conocer las diferencias entre detectores, inhibidores y avisadores es fundamental para no incumplir ninguna norma de tráfico. Recuerda que el avisador es legal y te ayuda a cumplir con los límites de velocidad establecidos en las carreteras.