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Radares privados en coches particulares. ¿Son legales?

Los radares para el control de la velocidad son los medios empleados por la autoridad para sancionar a todo aquel conductor que infrinja la ley de trafico. Las imágenes, en muchas ocasiones, ponen de manifiesto la cruda realidad sobre los excesos de velocidad. Y las redes sociales hoy, son altavoz cada vez mas claro para que los usuarios lleguen a visualizar y tomar conciencia de los errores que cometemos, tanto protegido como protectores.

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Sobre el operativo apropiado para ejercer el control

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Y teniendo esto claro, ¿Qué sucede con el operativo? ¿puede ser un conductor privado o no autorizado al manejo del instrumento, quien efectué las tareas de control?. Aquí es donde radica el problema y la posible ilegalidad. ¿Puede conceder el ayuntamiento esa autoridad a cualquier particular como empleado? ¿puede contratar con el aparato un asistente de seguridad privada para tal efecto? Es mas, ¿puede el ayuntamiento para salvaguardar la ley conceder el titulo de Vigilante de seguridad a cualquiera para poder autorizarlo a competer en esta materia?

La ley de seguridad Privada establece que ni siquiera es autoridad en el ámbito privado, es decir tiene funciones de protección y vigilancia determinadas por los organismo superiores y públicos, como la DGT y la Policía Nacional, y se deben a su jerarquía, por lo que los limites están claros.