En el caso de que tengamos un percance con un patinete eléctrico, harías bien en tener en cuenta los siguientes pasos a la hora de reclamar una posible indemnización por los gastos médicos o daños sufridos en algún bien. Recuerda, ante todo, mantener la calma y no dejarte llevar por los nervios. Vamos a verlo
4Los ayuntamientos regulan su circulación
Por supuesto, no podemos dejar a un lado lo que establecen los diferentes ayuntamientos, ya que son soberanos en esta cuestión y dispondrán a través de sus ordenanzas locales aquello que estimen oportuno. De esta manera, pueden concretar la edad mínima para poder usar uno de estos aparatos, la obligatoriedad de llevar casco o contratar un seguro de responsabilidad civil, entre otros muchos aspectos.
A continuación, y a modo de ejemplo, vamos a explicar qué disponen las normativas de ciudades como Madrid o Barcelona. Así, en el caso de la capital española, nos encontramos con lo siguiente:
- Los usuarios deben tener al menos 15 años.
- Solo es posible circular por ciclo calles, carriles bici, pistas bici, calzada de calles integradas en zonas 30; es decir, calles en las que la limitación de velocidad es de 30 kilómetros por hora.
- Los patinetes de alquiler deben tener seguro y utilizar casco.