Si acabas de recibir una multa de tráfico por exceso de velocidad y estás pensando en recurrir, toma nota de cuál es el proceso que debes cumplir. Las infracciones por exceso de velocidad son las multas más habituales que registra la DGT. Por lo que tranquilo, si has recibido una multa de velocidad, no estás solo.
Incluso los conductores más prudentes pueden despistarse y pasar por el radar a una velocidad equivocada. El alto número de radares que están implantados en las carreteras españolas hace que sea muy difícil sobrepasar el límite de velocidad durante mucho tiempo y salir impune de ello. Si has recibido una multa y no estás de acuerdo con la sanción, debes saber que tienes derecho a reclamar
3¿Cuál es el margen de error que deben aplicar los radares?
Para aplicar correctamente las sanciones los emisores de la infracción deben tener en cuenta el margen establecido en la ley que variará en función del tipo de radar y la velocidad de circulación. Esta debe constar en las fotografías adjuntas a estas denuncias.
Si la velocidad a la que circula el vehículo es menor 100 km/h, deberá contar con un margen de error de 5 km/h si es fijo, y de 7km/h en caso de que el dispositivo que ha captado la infracción sea un cinemómetro móvil. Este margen cambia cuando se trata de una vía limitada a una velocidad máxima superior a los100 km/h. En este caso el margen de error se calcula a través de porcentajes. En concreto se debe aplicar un margen de error del 5% para los radares fijos, y del 7% en el supuesto de que se tratarse de un cinemómetro móvil.
Hay diferentes tipos de radar y cada uno puede tener un baremo diferente, por ejemplo en las multas emitidas por el Pegasus, se aplica un margen de error mayor, en concreto del 10% ya que se trata de un sistema menos preciso. En los radares de tramo es al contrario y el margen se reduce al 5%.