Las nuevas tecnologías vienen siempre aparejadas de nuevas dudas a las que la DGT debe dar respuesta en el código de circulación. En este sentido, el pasado día 21 de marzo entró en vigor, definitivamente, la nueva Ley de Tráfico. Con ella llegaron sanciones más duras para muchas infracciones relacionadas con las distracciones y la seguridad, entre ellas las que involucran al mal uso de los dispositivos electrónicos durante la conducción.
Y es que, según indica la Ley de Tráfico, es evidente que usar el teléfono móvil durante la conducción está prohibido y puede conllevar multas económicas de 200 euros, además de pérdidas de hasta 6 puntos en el carné. Incluso, la nueva normativa contempla ahora que se penalice también, no solo la utilización del teléfono, sino solo sujetarlo con la mano al volante aunque no se esté usando expresamente.
3Tocar el reloj inteligente en marcha sí está prohibido
Como hemos comentado, evidentemente los relojes inteligentes son legales como manos libres. Puedes usarlos, al no tener que sujetarlos con la mano, a diferencia del propio teléfono móvil, por ejemplo, que requiere un soporte homologado.
Su uso se restringe al modo manos libres, de modo que manipular durante la conducción un reloj inteligente para responder mensajes, establecer una llamada o consultar notificaciones sí está prohibido. No cabe ninguna duda. Igual que sucede por manipular cualquier dispositivo electrónico o navegador en marcha.