El carnet de conducir, con la entrada en vigor de las nuevas modificaciones de la ley de trafico seguridad vial, ha sufrido cambios administrativos en dos aspectos. En un primer termino, la vigencia o el periodo de validez y las condiciones de renovación. Y por otra parte, en las sanciones que retraen puntos crediticios del mismo, especialmente en aquellas que vigilan las distracciones, el abuso de sustancias y el exceso de velocidad.
2Las cosas que no cambian, pero se repiten en menos tiempo
Sin variación alguna, lo que siempre es necesario en todos los casos es el reconocimiento medico por un centro autorizado, y desde el que también se puede tramitar la renovación directamente, sin acudir a las dependencias oficiales de las delegaciones de Tráfico.
El proceso es sencillo, se pide cita en el centro, se pagan las tasas de renovación y del informe medico, se supera la prueba, e instantáneamente se te otorga un provisional hasta que recibas el oficial renovado en tu domicilio.
La agudeza visual, de oído, reacciones motrices, tensión arterial y capacidad pulmonar, junto con un cuestionario de aptitudes psíquicas y de comportamiento, conforman el examen medico a superar para la renovación del carnet.