Te acabas de comprar un coche de segunda mano o quieres comprártelo. Es una opción que has valorado y te has decidido. Después de verlo, probarlo y comprarlo, si no lo pones a tu nombre puedes tener un montón de problemas. Dos organismos te están esperando; Hacienda y la DGT, para un tramite aparentemente complejo, pero necesario. Para despejar tus dudas te contamos que así de sencillo es cambiar de titular un vehículo.
3Cambiar de titular desde casa: Internet y Cl@ve
Las dos opciones anteriores nos comportan distintas ventajas e inconvenientes. Por una parte la gestoría nos libra de soportar una burocracia a veces lenta y sobrecargada, pero puede resultar muy onerosa. Por otro lado presencialmente puede ahorrarnos un gasto extraordinario, sino contamos los tiempos empleados en despachos, ministerios y organismos oficiales, que saldrán de nuestros dias laborables, vacaciones o dias libres.
Internet es una alternativa, sencilla, cómoda y reduce tus gastos a los exigidos, en las tasas, y un poco de tiempo frente a tu ordenador personal.
Si lo haces a través de Internet: Cerciórate de que tienes toda la documentación firmada y contrastada.
- Tu certificado digital, DNI electrónico o tus credenciales de cl@ve para acceder al servicio, sin problemas de identificación.
- Abonar la tasa correspondiente. Puedes pagar la tasa en el mismo formulario pulsando el botón de ‘Comprar’ en el panel de Solicitud en función de si se trata de un ciclomotor o cualquier otro tipo de vehículo. Si has adquirido previamente la tasa, puedes introducir el número de tasa, que se encuentra en la última página del justificante de compra.
- Una vez dentro del registro de solicitud del duplicado:
- Rellena los campos de contacto, modo de notificación e introduce la matrícula del vehículo a transferir así como el CIF/NIF/NIE tanto del vendedor como del comprador.
- Deberás adjuntar una copia del DNI del vendedor, documento que acredite la transmisión del vehículo (Factura o contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor) y justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente.Este impuesto, también lo puedes tramitar on line, en la sede electrónica de tu Agencia Tributaria, donde puedes acceder con el sistema Cl@ve o tu DNI electrónico y certificado digital.
Un consejo para estos casos es prepararte la documentación bien escaneada en PDF y archivada con nombre legibles y concretos. Recuerda que estarás enviando documentos oficiales y públicos.