Las más de 1,1 millones de multas que ha puesto el Ayuntamiento de Madrid por infringir el acceso a la ZBE (Zona de Bajas Emisiones) de la capital podrían estar en duda después de una sentencia que ha anulado una sanción de 200 euros por acceder a esa zona y que deja la puerta abierta a nuevos recursos.
La decisión judicial ha sido dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid y ha resuelto de forma favorable el recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
En concreto, ha anulado la multa de 200 € que el Ayuntamiento de Madrid impuso a uno de los socios de la organización de defensa de los conductores por “acceder a la ZBE DEP Plaza Elíptica sin autorización” porque, dice el fallo judicial, “no consta acreditada la correcta señalización de la zona”.
237 millones de euros por multas en la ZBE de Plaza Elíptica
Según AEA, esta sentencia sirve para cuestionar las multas que el Ayuntamiento ha impuesto en la ZBE de Plaza Elíptica. Desde marzo de 2022 hasta julio de 2023, «el consistorio madrileño habría impuesto de forma ilegal 1.188.785 multas por un importe aproximado de 237 millones de euros», afirma la asociación de conductores. Estas sanciones podrían recurrirse en base al precedente judicial sentado por la reciente sentencia.
Además, el recurso abre a los conductores la posibilidad de recurrir no solamente las multas por acceder sin autorización a la ZBE DEP de Plaza Elíptica sino también a las impuestas en el resto de Zonas de Bajas Emisiones (Distrito Centro y M-30), porque el consistorio madrileño infringe el “principio de tipicidad” al no tener encaje la denuncia en el art. 76.z3 de la Ley de Seguridad Vial, ya que “el acceso no permitido a las Zonas de Bajas Emisiones se debe sancionar como infracción leve y no como infracción grave”, argumentan.
En este sentido, la vigente Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento considera que “el acceso no permitido a la ZBE DEP Plaza Elíptica se sancionará como infracción leve (…) y no como infracción grave”.
Señalización confusa
Hace dos años, esta asociación ya denunció la deficiente señalización de Plaza Elíptica, a la que calificaba de “confusa y deficiente», pero desde el Ayuntamiento de Madrid se replicó que “cumplía con la normativa” y que “no estaban estudiando cambiarla”.
Ahora, la reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid reconoce que la denuncia tenía fundamento, al explicar que “en la documentación aportada no consta que la señalización de la zona advierta debidamente a los usuarios no solo de la prohibición de acceso sin autorización sino, incluso, de la instalación de dispositivos de captación y transmisión de datos o imágenes.”
“Por lo que no constando acreditada la correcta señalización de la zona, ni la existencia de esos carteles informativos -indica la sentencia- cabe inferir que el recurrente actuó con la creencia de que podía acceder a la vía, y que desconocía que era de acceso restringido”, concluye el texto de la sentencia.
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, este fallo judicial “constituye, no solo un importante éxito jurídico de su organización en la defensa de los derechos de los automovilistas injustamente sancionados por la deficiente señalización existente en la ZBE DEP Plaza Elíptica, sino que abre la posibilidad de recurrir también todas las multas de 200 € que el Ayuntamiento de Madrid está imponiendo por acceder sin permiso a otras zonas de bajas emisiones como Distrito Centro o la M-30.”