A diferencia de lo que ocurre con las etiquetas medioambientales, cuya obligatoriedad depende de cada localidad. La pegatina de la ITV debe ir siempre pegada en el cristal delantero del vehículo.
La pegatina de la ITV, técnicamente conocida como V19, y de acuerdo con el Real Decreto 2822/1998 es obligatoria en todo tipo de vehículos que esté sujeto a pasar la misma.
3Nos vigilan con cámaras
En la actualidad la DGT cuenta con numerosas cámaras para identificar tanto matrículas como el estado del seguro del coche y de la ITV. Por lo cual nos pueden multar sin necesidad de que nos pare los agentes de la Guardia Civil ni la autoridad competente.
En el examen de la ITV nuestro coche puede ser calificado como apto. En cuyo caso no tendrememos más que colocar la etiqueta que allí mismo nos facilitan.
Desfavorable, en cuyo caso debemos inmovilizar el vehículo. Pues la única situación en la que podemos volver a moverlo es para dirigirnos de nuevo a pasar el test tras haber corregido los defectos. En este caso disponemos de dos meses de plazo para llevarlo a cabo.
Por último, si nuestro vehículo obtiene una calificación de negativo. Debemos dejar de utilizarlo al instante. Esta calificación determina que no es un automóvil apto para la circulación, osea que es un peligro. Y como tal no puede volver a circular sino subsanamos los problemas técnicos que tenga. En este caso y si queremos moverlo del propio centro de ITV deberemos recurrir a una grúa. Que es la única solución viable para no incurrir en una multa que está penada con hasta 500 euros. En este caso no acarrea pérdida de puntos.
Recordemos además, que en caso de accidente si circulamos con la ITV desfavorable o negativa , nuestra compañía de seguro no tiene obligación de cubrir los daños allí producidos. Por estar al volante de un vehículo que no es adecuado para estar en circulación.