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Dime qué vehículo tienes y te digo cuándo debes pasar la ITV

Todos los vehículos matriculados o en circulación deben pasar la ITV a medida que cumplan una cierta edad y acudir a sucesivas inspecciones técnicas conforme pasen los años. Este mes de agosto tendrán que ir a su primera ITV todos los turismos y motocicletas cuya matrícula se corresponda con las letras LJD hasta la LJR.

Pero, dependiendo del tipo de vehículo que tengas (ciclomotor, motocicleta, tractor, caravana…), te tocará pasar la ITV con una u otra periodicidad si no quieres enfrentarte a la multa que implica tenerla caducada y que supone 200 euros.

Las fechas en que debe acudir a la ITV cada tipo de vehículo

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Turismos (y vehículos destinados al transporte de personas con MMA –masa máxima autorizada) inferior a 3.500 kg:): tendrán que pasar su primera inspección antes del cuarto año de matriculación y las siguientes ITV serán bienales desde los 4 hasta los 10 años de antigüedad y anuales cuando el coche cumpla los 10 años.

Ciclomotores de dos ruedas: deberán que pasar su primera ITV antes del tercer año de matriculación y las siguientes inspecciones serán bienales.

Motocicletas, vehículos de 3 ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de 3 ruedas y cuadriciclos ligeros: al igual que los turismos, tendrán que pasar su primera inspección antes del cuarto año de matriculación y las siguientes ITV serán bienales.

Autobuses, vehículos de transporte de mercancías y caravanas

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Autobuses: tendrán que pasar su primera inspección antes del primer año de matriculación y hasta los 5 años, las siguientes ITV serán anuales. Una vez cumplan 5 años de antigüedad, deberán acudir a la estación de ITV cada seis meses.

Vehículos de transporte de mercancías cuya MMA sea igual o menor de 3.500 kg: deberán acudir a la primera inspección antes del segundo año de matriculación. Entre los dos y los seis años, las siguientes ITV serán bienales, y hasta los diez años de antigüedad deberán acudir de forma anual. Con más de diez años están obligados a superar la inspección cada semestre.

Vehículos de transporte de mercancías cuya MMA sea igual o mayor de 3.500 kg: deberán acudir a la primera inspección antes del primer año de matriculación. Las siguientes ITV, hasta que cumplan los diez años, serán anuales. Con más de diez años están obligados a superar la inspección cada seis meses.

Caravanas remolcadas con MMA menor de 750 kg: tendrán que acudir a la primera inspección antes del sexto año de matriculación y las siguientes serán bienales.

Tractores y maquinaria de obras

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Tractores agrícolas que no alcancen los 40 km/h de velocidad: deberán pasar por la estación de ITV para la primera inspección antes del octavo año de matriculación. Entre los 8 y los 16 años, la ITV será bienal y más allá de los 16 años deberán acudir anualmente.

Tractores agrícolas que superen los 40 km/h de velocidad: deberán acudir a la primera inspección antes del cuarto año de matriculación. Entre los 4 y los 16 años, tendrán que ir cada dos años y más allá de los 16 años deberán acudir anualmente.

Vehículos especiales de obras (excavadoras, etc) que no superen los 25 km/h de velocidad: tendrán que pasar por la estación para la primera inspección antes del cuarto año de matriculación. Entre los 4 y los 10 años, la obligación será bienal y más allá de los 10 años deberán acudir anualmente.

Cómo saber cuándo acudir a la inspección

Para conocer cuándo nos toca pasar la inspección de cada vehículo podemos consultar en la ficha técnica de la ITV. Además, también se incluye esta información en la app MiDGT.

La Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) también publica anualmente un listado en el que se incluyen las matrículas de turismos y motocicletas que deben pasar su primera inspección en el año en curso.