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¿Pueden los vehículos clásicos circular por las zonas ZBE?

Si eres aficionado a los vehículos clásicos o históricos, puedes tener la duda de que sucederá con ellos en las zonas de bajas emisiones. Preguntas relativas a su modificación necesaria, su matriculación, sus requisitos administrativos frente a la nueva normativa anticontaminación, son algunas de las mas recurrentes entre los usuarios y aficionados a este apasionante mundo representativo de la evolución del coche, a lo largo de la historia contemporánea.

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Requisitos del ayuntamiento de Madrid

Paseo en vehiculos clasicos por Madrid

Como bien te hemos indicado anteriormente estos coches no deben cumplir las normas sobre bajas emisiones, por lo que la circulación en estas zonas ecológicas no esta prohibida. No obstante te explicamos como el ayuntamiento de Madrid cataloga los requisitos de un vehículo clásico:

  • Vehículos que tengan una antigüedad mínima de treinta años desde su fecha de fabricación o, si no se conoce, desde su primera matriculación.
  • Vehículos declarados bienes de interés cultural o similar.
  • Vehículos de colección.

Para que un vehiculo tenga la consideración de histórico se requerirá:

  • La previa inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
  • Resolución favorable de catalogación del vehículo como histórico, dictada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
  • Inspección técnica, previa a su matriculación, efectuada en una estación de inspección técnica de vehículos.
  • Matriculación del vehículo como histórico en la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del interesado.