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Verdadero o falso: ¿te puede multar la DGT por morderte las uñas?

De pequeño te decían que eras un cochino por morderte las uñas. No lo entendiste y seguiste haciéndolo… ¡Qué más da! Ya siendo adulto no quitabas la dichosa costumbre y, siendo conductor, extiendes tu ritual a tus momentos de intimidad en el coche. Casi lo haces de manera inconsciente… pero esa actitud puede tener consecuencias. Y es que cualquier distracción al volante o actividad que requiera liberar alguna de las dos manos puede ser sancionable, por muy extraña que sea.

Cuando conducimos podemos caer en el error de sentirnos lo suficientemente confiados para realizar alguna acción peligrosa. Creemos que es algo que tenemos ya dominado y que nada va a poder interferir en el día a día de la conducción, que es una acción ya muy automatizada con cierta experiencia. Pues no. Te quivocas… Aunque sea simplemente el gesto de modernos las uñas, coger el móvil o buscar una canción que nos apetece oír. Todo esto puede aumentar el riesgo de sufrir un accidente.

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Los antecedentes de multas por morderse las uñas

De lo que hemos comentado puede deducirse perfectamente que comer en el coche mientras conducimos puede ser sancionable… si nos distrae de la carretera. Imagina que se te cae algo de la comida y tratas de limpiarlo, aunque sea segundos. En ese preciso instante estás dejando de prestar atención en la carretera y tampoco tienes la mano cerca del volante para controlarlo.

En el caso de las uñas, en 2015 el caso de un conductor sancionado con 80 euros de multa saltó a todos los medios de comunicación. Desde entonces no hemos oído nada semejante, pero el antecedente sigue ahí… y no puede resultar muy tranquilizador. Colocar el brazo en la ventanilla en vez de sujetar el volante con las dos manos puede costar hasta 100 euros. Vamos que, al volante, es mejor conducir y nada más. Si necesitas comer o descansar, para en una estación o gasolinera para retomar el camino con fuerzas.

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