La Dirección General de Tráfico, DGT, pone en marcha hasta el próximo domingo 22 de diciembre su ya tradicional campaña de vigilancia intensiva de alcohol y drogas al volante con un gran despliegue, en el que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC), así como de las policías locales que se sumen a la iniciativa, establecerán puntos de control de drogas y alcohol en todo tipo de carreteras, así como en los cascos urbanos, y a cualquier hora del día.
La DGT explica que este tipo de campañas específicas, en el que se aumentan los controles de alcohol y drogas en fechas señaladas como la Navidad o las vacaciones, siguen siendo importantes ya que el consumo de este tipo de sustancias es, año tras año, uno de los tres factores principales de riesgo en los siniestros de tráfico, tanto en los mortales como en los siniestros con víctimas.
En concreto, según los datos de la DGT, el abuso de sustancias estuvo presente en el 13% de los siniestros de tráfico con víctimas en 2023 y, como factor concurrente, en el 26% de aquellos que registraron víctimas mortales, con 246 casos asociados.
Para el subdirector general de Movilidad y Tecnología de la DGT, Francisco José Ruiz Boada, “el alcohol aumenta el riesgo desde la primera consumición. Incluso por debajo del límite legal, beber significa ponernos en peligro y poner en riesgo a los demás”.
Según los datos de la Memoria de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas de Accidente de Tráfico, elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses con la colaboración del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, el pasado año, más de la mitad (53,6%) de los conductores fallecidos en carretera en 2023, que fueron sometidos autopsia y a un análisis toxicológico dieron positivo en alcohol, drogas o psicofármacos, aisladamente o en combinación, un porcentaje que un año más aumenta con respecto al año anterior (+0,8% comparado con los datos de 2022).
Aunque es verdad que la sociedad española ha avanzado mucho en la concienciación de los riesgos que entraña el consumo de alcohol y/o drogas al volante, las cifras ponen de manifiesto que este tipo de campañas siguen siendo imprescindibles para afianzar la idea de que, en carretera, la única tasa segura es 0,0%«, explican desde la DGT.
La DGT recuerda las tasas de alcohol y drogas
En un control de alcoholemia, los conductores no pueden sobrepasar una tasa de 0,5 gr/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado; para los profesionales esta tasa es de 0,3 gr/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado mientras que para los noveles es de 0,3 gr/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado.
Además, 0,0% es la tasa, tanto en sangre como en aire espirado, que deben respetar los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Si los agentes del organismo de Tráfico te someten a un control de alcoholemia, una tasa desde 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l en aire espirado supone una sanción de 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir. En el caso de superar más de 0,50 mg/l, la multa es de 1.000 euros y supone la retirada de seis puntos del carné. Los conductores reincidentes que superen las tasas permitidas se enfrentarán a 1.000 euros de multa y a la retirada de cuatro a seis puntos del carné dependiendo de la tasa que hayan dado.
En el caso de las drogas, conducir con presencia de ellas en el organismo supone 1.000 euros de multa y la retirada de seis puntos del carné.
Ir borracho o drogado al volante es delito
Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece penas por conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
En el caso de las drogas, conducir bajo su influencia puede suponer prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. La negativa de someterse a las pruebas de drogas también puede ser constitutiva de delito penado con prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
En el caso del alcohol, una tasa superior a 0,60 mg/l en aire o 1,2 g/l en sangre puede suponer prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. La negativa de someterse a las pruebas de alcohol también puede ser constitutiva de delito penado con prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Por otra parte, desde la entrada en vigor del Permiso por Puntos, alrededor del 13% de los infractores sancionados y del 13% de los puntos detraídos han estado relacionados con el hecho de conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida.