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Vuelve la niebla: así dice la DGT que debes conducir

La semana ha comenzado con la presencia de bancos de niebla en algunas provincias que han dificultado, y mucho, la circulación, sobre todo en el norte del país. Un fenómeno meteorológico que supone un peligro en la carretera y que, según datos de la Dirección General de Tráfico, DGT, solo en 2021 fue la causa de 836 accidentes con víctimas en los que fallecieron 18 personas.

Por eso, desde la DGT nos recuerdan que en estas circunstancias hay que extremar al máximo las precauciones al volante, porque con niebla la visibilidad y la adherencia se reducen de forma importante, e incluso, si la temperatura es baja, se puede formar hielo en la calzada, con lo que el peligro aumenta.

Las dos reglas de oro para conducir con niebla de forma segura son aumentar la distancia de seguridad con el vehículo precedente y moderar la velocidad a la que circulamos. Pero hay otra serie de aspectos que debemos tener en cuenta si nos encontramos ante un banco de niebla. ¿Qué luces hay que encender? ¿Cómo frenar? ¿Qué hacer si la niebla es espesa y nos impide circular? Son algunas de las preguntas para las que tiene respuesta la DGT.

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¿Cuándo y qué luces utilizar con niebla?

El uso correcto del alumbrado de niebla genera grandes dudas entre los conductores. Lo primero que nos recuerda la DGT es que la utilización de las luces se contempla en el Reglamento General de Circulación, que recoge que es obligatorio «utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga», añadiendo que «circular sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de la visibilidad tendrá la consideración de infracción grave» y puede conllevar hasta 200 euros de multa.

Con niebla no se deben utilizar las luces largas porque rebotan y deslumbran y, al salir del banco de niebla hay que apagar estas luces específicas porque también deslumbran al resto de los conductores.

La luz trasera antiniebla es obligatoria solo cuando hay niebla densa y lluvia o una intensa nevada. Y la luz delantera antiniebla no es obligatoria y solo se usa en circunstancias desfavorables, es decir, de día o de noche si hay niebla fuerte, nevada o nubes de polvo o en vías estrechas de menos de 6,5 metros de anchura con curvas señalizadas.