Pese a la cobertura de Daños Propios o Todo Riesgo, es frecuente que las entidades aseguradoras no abonen el Impuesto sobre el Valor Añadido a empresas y autónomos, basándose en que los mismos van a poder deducirse el IVA en sus liquidaciones fiscales.
Esta postura, si bien es contradictoria con el contenido de la citada cobertura de Todo Riesgo, ha sido avalada por criterio judicial, por lo que en muchos casos es difícil conseguir que la aseguradora abone el coste de la reparación incluyendo el citado impuesto.
Tal situación requiere al menos que se emita una factura acreditativa por el taller del pago del IVA, para posteriormente poder justificar frente a Hacienda, de ser necesario, la deducción fiscal practicada, así como, lógicamente, que el régimen fiscal de la empresa o autónomo permita tal deducción.