Los niveles de tolerancia no se encuentran regulados ni en la Ley de Seguridad Vial, ni en el Reglamento General de Circulación, que son las normas legales que regulan, principalmente, la circulación por las carreteras españolas. Cierto es que se está elaborando un nuevo Reglamento General de Circulación que, aunque no parece que vaya a ser así, podría incluir algún tipo de regulación al respecto.
No obstante, la Dirección General de Tráfico, a través del anuncio que ha realizado y que, incluso, recoge en su propia página web, ha venido a concretar, mediante una instrucción interna, lo que parece que hasta ahora se venía aplicando, y, es que, existe un cierto umbral de tolerancia respecto a la velocidad a la que un radar o cinemómetro puede saltar para determinar la velocidad a la que circulan los distintos tipos de vehículos. En este sentido, según ha señalado la propia directora general, en todas las carreteras donde la competencia corresponde a la DGT, se ha fijado un umbral de tolerancia que queda fijado en 7 km/h cuando el límite sea igual o inferior a 100 km/h, y del 7 % cuando el límite sea superior a esos 100 km/h.
Hay que tener en cuenta que, como esta medida sólo afecta a las carreteras del ámbito de la DGT, los radares de Cataluña y el País Vasco, y las calles de los municipios, de momento podrían no aplicar los citados umbrales. Precisamente, y aunque el umbral se fija en el 7 % para los límites superiores a 100 km/h, resulta que la propia DGT, al anunciar esta decisión, ha concretado y fijado las velocidades a las que los radares no entrarán en acción. Así, el cuadro es el siguiente:
A 30 km/h el cinemòmetro se activa a 38 km/h
A 40 km/h se activa a 48 km/h
A 50 km/h se activa a 58 km/h
A 60 km/h se activa a 68 km/h
A 70 km/h se activa a 78 km/h
A 80 km/h se activa a 88 km/h
A 90 km/h se activa a 98 km/h
A 100 km/h se activa a 109 km/h
A 110 km/h se activa a 120 km/h
A 120 km/h se activa a 131 km/h
En consecuencia, y teniendo en cuenta el cuadro publicado por la DGT, si el límite fijado es de 120 km/h, el radar no se activará para aquellos vehículos que circulen a 130 km/h, pero recordemos que no existe ninguna noticia de que dicho umbral sea aplicable en las carreteras de Cataluña, el País Vasco o por los distintos municipios.